D. MARTÍN RODRIGO GONZÁLEZ SENOSIAÍN, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO (MADRID)
HACE SABER:
Conforme a lo establecido por el Decreto 58/2009, de 4 de junio, del Consejo de Gobierno , por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) , DESDE EL 16 DE MAYO HASTA EL 31 DE OCTUBRE estaremos en época de peligro medio y alto de incendios forestales.
Por tal motivo se recuerda nuevamente a todos los propietarios DE SOLARES URBANOS Y TERRENOS LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:
En terrenos urbanos y urbanizaciones
1.Durante todo el año, los propietarios de los terrenos deben mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos. En concreto, durante la época estival, deben mantenerlos limpios de vegetación seca para prevenir el riesgo de incendio. Los residuos deberán ser gestionados por el propietario de la parcela, recordándole que el depósito de residuos en la vía pública podrá ser sancionado por el Ayuntamiento.
2.En épocas de peligro medio y alto, se prohíbe en estos terrenos la utilización del fuego para la quema de cualquier tipo de residuo.
3.En los terrenos urbanos que disten menos de 50 metros de terreno forestal, el uso del fuego y de maquinaria y equipos cuyo funcionamiento pueda generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas, deberá comunicarse con carácter previo por el interesado a la Dirección General de Protección Ciudadana y al Ayuntamiento.
En montes o terrenos forestales y en determinados terrenos no forestales
1.Durante todo el año estará prohibido:
a.Arrojar fósforos o restos de cigarrillos, tanto transitando a pie como desde vehículos.
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Martín Rodrigo Gonzalez Senosiain
Alcalde
Fecha Firma: 09/06/2017