REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES NO PROFESIONALES DE CUIDADO Y RECOLECCIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS

— Desde hoy, 4 de mayo, se permite atender los huertos familiares, de autoconsumo o municipales , siempre que estén en el mismo término municipal que el domicilio o uno adyacente y se adopten las debidas precauciones higiénicas y de distanciamiento social.

— El desarrollo de los trabajos en los huertos se realizará de forma individual salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable para realizar las labores propias del mantenimiento del huerto.